
El Tribunal de Instancia de Córdoba ha dictado la sentencia 110/2026, una resolución pionera que marca un precedente en el mercado laboral al tumbar el bloqueo de la empresa Emergia a la conciliación.
El fallo, impulsado por la Sección Sindical de USO y dirigido por el letrado Valentín Aguilar de forma magistral, reconoce el derecho de un trabajador a disfrutar de cinco días de permiso para cuidar al padre de su pareja conviviente, incluso sin estar registrados formalmente como pareja de hecho.
La justicia determina que la convivencia de hecho genera los mismos derechos de afinidad que el matrimonio.
Por este motivo, además de reconocer el permiso, el juez ha condenado a la multinacional al pago de 1.500 euros de indemnización por daño moral, al considerar que la empresa vulneró la protección constitucional a la familia según el artículo 39 de la Constitución Española.
Esta resolución abre definitivamente la puerta a la equiparación total de las parejas convivientes en todos los sectores profesionales.
A partir de ahora, cualquier trabajador que acredite una convivencia estable tiene derecho a cuidar de sus familiares políticos, castigando económicamente a las empresas que utilicen la burocracia para negar este derecho básico al cuidado.
Desde la Sección Sindical de USO en Emergia subrayan que, aunque la empresa intente ganar tiempo con recursos «ad cautelam», la sentencia es firme según la ley vigente (Art. 139.2 LRJS).
«La solidez de este fallo deja claro que la ley protege las nuevas realidades familiares y no vamos a permitir interpretaciones de parte que recorten nuestros derechos», afirman desde el sindicato
SE ABRE EL «MELÓN» DE LA CONCILIACIÓN PARA TODOS LOS SECTORES Con esta sentencia se abre definitivamente la puerta a la equiparación total de las parejas convivientes. Este fallo «abre el melón» de la afinidad real: a partir de ahora, cualquier trabajador que acredite convivencia estable —aunque no tenga «papeles» de registro— tiene derecho a cuidar de sus familiares políticos. USO marca así un precedente jurisprudencial que se alinea con las tendencias más avanzadas de los Tribunales Superiores de Justicia, castigando además económicamente a las empresas que utilicen la burocracia para negar el derecho al cuidado








