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Andalucía cerró un 2019 negro en siniestralidad laboral que debe atajarse con inversión y formación

Andalucía registró en 2019 un total de 121 muertos por accidente laboral, 91 de ellos en jornada y 30 perdieron la vida in itinere; es decir, yendo al trabajo o volviendo de él. En total, nuestra comunidad contabilizó 94.915 accidentes laborales en jornada con baja, y 14.962 in itinere: 109.877 en total. Son datos oficiales publicados por el Ministerio de Empleo y Economía Social, que se desglosan en función de la gravedad de dichos accidentes en jornada: 954 fueron graves y 93.780, leves, además de los 91 que resultaron mortales. Considerando únicamente los accidentes in itinere, además de los 30 siniestros mortales, se dieron 282 accidentes graves y 14.650 leves.

Si analizamos la siniestralidad laboral por provincias, hay cierta correlación entre población y accidentes, con 22.588 en Sevilla, 20.422 en Málaga y 12.638 en Cádiz. Málaga la que presenta mayor número de accidentes graves, 209, pero Sevilla y Granada registraron un mayor número de fallecimientos: 17 y 15, respectivamente. Sevilla es la peor provincia en cuanto a siniestralidad laboral in itinere: 12 mortales, 76 graves y 4.413 leves. «La siniestralidad laboral se ha vuelto estructural y un drama en nuestra comunidad. Desde la USO, y en concordancia con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sostenemos que las empresas, como responsables de garantizar la seguridad y salud laboral de sus trabajadores, no están invirtiendo en la material. No lo hacen ni en formación de sus plantillas ni en la adaptación de puestos de trabajo ni proporcionar los EPI reglamentarios», lamenta Jesús Payán, responsable del Área de Acción Sindical de USO-Andalucía.

En cuanto a los sectores de actividad, Construcción lidera con diferencia la siniestralidad en Andalucía: 15.273 en 2019. Detrás, Comercio y reparación de motores con 13.230 y el sector agrario, con 12.187 accidentes, aunque un índice de incidencia no muy alto, 3,47 de media anual con 2.288.601 afiliados a la Seguridad Social.

Inspección y formación, las herramientas

En el sindicato USO, «estamos denunciando constantemente ante la Inspección de Trabajo todas aquellas irregularidades que nuestros afiliados y delegados nos hacen llegar, especialmente nuestros delegados de prevención, una figura que no está lo suficientemente valorada y que deben gozar de garantías y competencias para ejercer sus funciones plenamente. Sin embargo, somos conscientes de la falta de efectivos y medios con los que cuenta este organismo para cubrir todas las actuaciones necesarias, por lo que desde nuestro sindicato exigimos que se aumente el Cuerpo de Inspectores», continúa Payán.

El responsable de Acción Sindical de USO-Andalucía señala igualmente «el trabajo en precario como otro elemento clave en los accidentes de trabajo; y vamos más allá: los que ni siquiera se registran como tales por no estar dadas de alta las personas accidentadas».

Por último, Jesús Payán quiere poner el acento en que «también necesitamos una mayor formación en seguridad vial y hábitos de conducción. Debe integrarse en los factores de riesgo, pues el estrés está detrás de muchos de esos pequeños siniestros que, por desgracia, en ocasiones tienen consecuencias más graves. Precisamente sobre esto, en general, en todos los accidentes laborales, desde USO denunciamos que existe una gran descompensación entre los accidentes declarados como graves y leves, y esto se debe a la continuada infradeclaración por parte de las mutuas, que controlan los índices de siniestralidad de las empresas para que estas pudieran optar al bonus. Aunque se ha suspendido el bonus, se sigue aplicando una política economicista en la gestión de las incapacidades temporales».

USO consigue sus demandas y suspende la huelga indefinida en Mineti, transporte de Riotinto

Suspendida in extremis la huelga en Mineti, transporte de la empresa minera Atalaya Mining, que explota las minas onubenses de Riotinto, y que iba a comenzar mañana. Tras la reunión en la sede de Huelva del servicio de mediación andaluz, el Sercla, sin llegar a un acuerdo en todos los puntos, finalmente una última negociación permitió resolver el conflicto y suspender la huelga, que afectaba a las labores diarias de 30 camiones. El acuerdo será refrendado en una nueva reunión en el Sercla el próximo martes 17, aunque los paros previos a ese día ya no se producirán.

La Federación de Industria de USO-Andalucía solicitaba la implantación de un protocolo de descarga de concentrado de mineral más seguro, con garantías de preservación de la salud de los operarios; la firma de un nuevo convenio colectivo que tenga en cuenta la realidad del trabajo que realizan los transportistas en estas condiciones tan específicas; y que sean dados de alta como trabajadores de la metalurgia y no de transporte de carretera, pues esta categoría no contempla esas condiciones mencionadas.

Igualmente, como causas de la convocatoria de huelga figuraban la falta de aplicación por Mineti del Real Decreto 665/1997, que obliga a las empresas a poner en marcha medidas de protección contra los riesgos que suponen la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo; la instauración de un plus de bocadillo tras la negativa de la empresa a pagar el almuerzo; y la aplicación del plus de peligrosidad inherente al trabajo en este tipo de explotaciones.

«Después de conseguir el acuerdo en casi todos los puntos, Mineti se negaba a compensar el plus de bocadillo. Esto se debe a que las labores propias de la mina obligan a un parón de una hora por las voladuras, que coinciden con la hora de la comida, y que suponen un tiempo muerto de los transportistas, que ni cobran ni descansan. Estas condiciones ya se daban cuando la mayoría sindical de CCOO firmó el convenio hace un año y no lo contempló en sus peticiones. Por eso, la empresa se negaba ahora a reflejarlo, ya que defendía que nada había cambiado en un año como para hacer una huelga solo por este punto de sobra conocido. Finalmente, y gracias a la mediación de la sección sindical de USO, que era conocedora del descontento en la plantilla por no contar con esta compensación, se acercaron las posturas y se llegó al acuerdo», explica Aníbal González, secretario de Comunicación de FI-USO-Andalucía.

Cómo evitar lesiones cutáneas al trabajar durante horas con un portátil

Los más que habituales desplazamientos, esperas en medio de transporte, antes de entrar a reuniones en las oficinas de los clientes, etc., en el ámbito laboral están extendiendo el uso de ordenadores portátiles en la actividad diaria de muchos trabajadores. Un problema muy común asociado al trabajo prolongado con estos dispositivos es la aparición de lesiones cutáneas como dermatosis, decoloraciones temporales o irritaciones de la piel de los dedos, por la exposición al calentamiento propio del portátil.

Por ello, antes de que aparezcan estos problemas en la piel, desde el Gabinete de Salud Laboral de USO nos recomiendan limitar lo máximo posible el tiempo de trabajo con portátiles, intentando utilizar equipos de sobremesa, evitando así las consecuencias que pueden provocar en la piel de nuestras manos la temperatura que pueden alcanzar los portátiles, así como las incorrectas posturas de cuello y muñecas, que pueden derivar en otros problemas de salud.

Si por cualquier razón el uso del portátil es casi obligatorio, existen distintos dispositivos para reducir el calentamiento y mejorar la postura de trabajo como los soportes con ventilador.

Por otro lado, si se opta por utilizar estos dispositivos, habrá que tener en cuenta el nivel de decibelios del ventilador y el peso para transportarlo, porque para reducir un riesgo no vamos a aumentar otros.

Mientras se implantan estas medidas correctoras, se recomienda evitar su utilización sobre superficies irregulares como rodillas, mantas o cama, así como evitar su uso mientras se está cargando.

Cómo evitar lesiones cutáneas al trabajar durante horas con un portátil

Los más que habituales desplazamientos, esperas en medio de transporte, antes de entrar a reuniones en las oficinas de los clientes, etc., en el ámbito laboral están extendiendo el uso de ordenadores portátiles en la actividad diaria de muchos trabajadores. Un problema muy común asociado al trabajo prolongado con estos dispositivos es la aparición de lesiones cutáneas como dermatosis, decoloraciones temporales o irritaciones de la piel de los dedos, por la exposición al calentamiento propio del portátil.

Por ello, antes de que aparezcan estos problemas en la piel, desde el Gabinete de Salud Laboral de USO nos recomiendan limitar lo máximo posible el tiempo de trabajo con portátiles, intentando utilizar equipos de sobremesa, evitando así las consecuencias que pueden provocar en la piel de nuestras manos la temperatura que pueden alcanzar los portátiles, así como las incorrectas posturas de cuello y muñecas, que pueden derivar en otros problemas de salud.

Si por cualquier razón el uso del portátil es casi obligatorio, existen distintos dispositivos para reducir el calentamiento y mejorar la postura de trabajo como los soportes con ventilador.

Por otro lado, si se opta por utilizar estos dispositivos, habrá que tener en cuenta el nivel de decibelios del ventilador y el peso para transportarlo, porque para reducir un riesgo no vamos a aumentar otros.

Mientras se implantan estas medidas correctoras, se recomienda evitar su utilización sobre superficies irregulares como rodillas, mantas o cama, así como evitar su uso mientras se está cargando.

Precauciones en PRL para trabajar en ambientes con temperaturas bajas

Con la llegada de los primeros frentes fríos del otoño, comienza la época en la que hay que tomar precauciones contra el frío cuando se trabaja en el exterior. En el interior de España, por su clima continental, se padecen temperaturas extremas tanto en invierno como en verano, aunque las olas de frío siberiano sacuden toda la Península, también los climas costeros, más suaves.

Desde el Gabinete de Salud Laboral de USO, os explicamos los efectos que el frío tiene sobre el cuerpo humano y os damos algunas indicaciones sobre las medidas preventivas que pueden evitar los efectos del frío en el ámbito laboral.

El estrés por frío se define como la carga térmica negativa, pérdida de calor excesiva, a la que están expuestos los trabajadores y que resulta del efecto combinado de factores físicos y climáticos que afectan al intercambio de calor, como las condiciones ambientales, la actividad física y la ropa de trabajo. Se puede clasificar de la siguiente forma:

  • Por enfriamiento general, se determina mediante el análisis de las condiciones de equilibrio de calor general del cuerpo.
  • Por enfriamiento local:
    – Enfriamiento de las extremidades. Su temperatura depende del equilibrio entre la pérdida de calor local y la entrada de calor a través de la sangre caliente.
    – Enfriamiento por convección del viento, acción directa sobre la piel sin protección.
    – Enfriamiento por conducción en superficies metálicas.
    – Enfriamiento del tracto respiratorio. La inhalación de aire frío y seco provoca un importante enfriamiento local de la mucosa nasal y del tracto respiratorio superior, y puede provocar inflamaciones epiteliales.

La exposición profesional al frío, natural o artificial, se puede encontrar en diversas actividades profesionales. Los principales efectos sobre la salud de una exposición directa al frío son la hipotermia y la congelación, además de riesgo de padecer trastornos musculo-esqueléticos (TME). A continuación, se indican situaciones y puestos de trabajo que pueden presentar riesgo de exposición al frío:

  • Trabajos dentro de un local: personal de la industria agroalimentaria, empleados de mantenimiento de sistemas de frío, trabajos en casetas fijas sin calefacción, trabajos de preparación de alimentos en hostelería y hospitales.
  • Trabajos en el exterior: industria del transporte, agricultores, trabajadores de autopistas y mantenimiento de carreteras, mantenimiento de líneas eléctricas o equipos industriales, personal del ejército, personal de seguridad y vigilancia, personal de pistas de aeropuertos.
  • Trabajos en altitud: personal de explotación y mantenimiento de remontes mecánicos, personal de estaciones de esquí, guías de alta montaña, trabajadores de la construcción, personal de aduanas, equipos de rescate, trabajadores de estaciones meteorológicas.
  • Trabajos en agua fría o en contacto con agua fría: buzos profesionales, técnicos que diagnostican los cimientos de edificios submarinos, equipos de rescate, militares, pescadores, trabajos en plataformas petrolíferas.

Las reacciones al frío son diversas en función de cada persona y, según sus características, pueden agravarse las consecuencias de la exposición al frío. Así, el empresario tendrá que tener en cuenta los contrastes personales respecto de la edad; género; morfología; presencia de problemas circulatorios; fatiga y cansancio; insuficiencia en la ingesta de alimentos y líquidos; consumo de bebidas alcohólicas y tabaco; uso de ciertos medicamentos; falta de aclimatación, y la ropa inadecuada para poder prevenir los efectos del frío en su personal. En el siguiente gráfico se pueden observar los efectos que puede producir el frío.

Desde USO requerimos a las personas trabajadoras que, además de pedir una nueva evaluación de los riesgos para que el empresario cumpla con su deber de protección, presten atención a las siguientes medidas preventivas:

  • Reducción en la pérdida de calor: abarca el uso de ropa de protección, protección de lugar de trabajo, aislamiento de las superficies en contacto con partes del cuerpo humano y control del tiempo de exposición. Las características más importantes de la ropa de protección frente al frío son el aislamiento térmico, protección frente a la humedad y permeabilidad al aire o al vapor de agua. La ropa de protección contra el frío, ya sea un mono, guantes, calzado 0 gorros, también debe cumplir con los requisitos ergonómicos de trabajo, y también deben cambiarse cuando se encuentre húmeda debido a que se disminuye su capacidad aislante.
  • Incremento de la producción interna de calor debido al trabajo muscular: es una medida complementaria y que debe ajustarse a los requerimientos del trabajo y a la capacidad individual.
  • Suministro de calor externo: un requerimiento imprescindible para los trabajos en situación de frío es el establecimiento de pausas para calentarse en una zona habilitada. También se conocen sistemas de calefacción auxiliar en equipos de protección frente el frío.
  • Mejora de los aspectos ergonómicos de los trabajos en frío, reduciendo o eliminando el efecto molesto del equipo de protección y el esfuerzo asociado.

Medidas de prevención y precauciones para trabajar con lluvia y viento en exteriores

Vuelve el otoño, una vez acabado el veroño, y con él, las lluvias y el viento. Para las personas trabajadoras que desarrollan su actividad laboral a la intemperie puede ser la estación más molesta del año.

En USO sabemos de la importancia de trabajar en condiciones óptimas de temperatura. Así, es necesario evitar los contrastes de temperatura, ya que son origen de catarros y gripes que, si bien se han originado en el puesto de trabajo, son tratados como enfermedad común y dan lugar a numerosas incapacidades temporales, incrementando el nivel de absentismo.

El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales expone la definición de riesgo grave e inminente, los requisitos que ha de cumplir el empresario frente a estos y, conforme al artículo 14.1 de la misma, el derecho a interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo cuando se considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para la vida o la salud.

En el caso de los trabajos a la intemperie, ante condiciones climatológicas adversas, como norma general hay que:

  • Interrumpir los trabajos en caso de lluvia intensa o fuertes vientos cuando se dificulte la visibilidad, la percepción de las señales de los trabajadores y del entorno. Para ello, es necesario la utilización de EPIS de alta visibilidad, que evitan riesgos como atropellos y otros accidentes.
  • Suspender la manipulación de maquinaria, si las condiciones climatológicas limitan sus condiciones de seguridad. La intensa lluvia puede provocar deslizamientos o desprendimientos de terreno, peligrosos no solo para los operarios en sí, sino también para los equipos de trabajo instalados.
  • Evitar los trabajos en altura. Las condiciones climatológicas adversas pueden suponer un serio peligro para los trabajos en andamios, escaleras o cubiertas, por lo que deben evitarse e, incluso, suspenderse. En caso de viento, se aconseja no trabajar sobre cubiertas con velocidades superiores a 50 km/h.
  • Suspender los trabajos cerca de líneas o transformadores eléctricos. El Real Decreto 614/2001 establece que cuando se realizan trabajos al aire libre se deben tener en cuenta las condiciones ambientales desfavorables para proteger al trabajador ya que se puede reducir el aislamiento de los equipos utilizados.

Para evitar daños personales, es necesario que la empresa adopte medidas preventivas, como disponer de:

  • Información sobre la previsión de tormentas en el lugar donde se ubica el trabajo y valorar convenientemente los indicios que advierten la probable llegada de una tormenta eléctrica, como la presencia de nubes densas y plomizas, vientos fuertes, truenos, lloviznas persistentes, etc.
  • Un procedimiento que especifique las normas de actuación en caso de tormenta, determinando las situaciones en las que deben interrumpirse los trabajos, el responsable de tomar la decisión y lo que debe hacer cada uno de los trabajadores en tales circunstancias.
  • Lugares adecuados en los que los trabajadores puedan refugiarse, con la protección necesaria, ante una posible descarga eléctrica. Cualquier instalación cerrada debe ser previamente evaluada para determinar si es posible permanecer en su interior.

Con respecto a las precauciones que debe seguir el personal trabajador a la intemperie, desde USO recomendamos, además de utilizar todos los EPIS contra la lluvia y el viento:

  • Evitar contactar con cualquier material metálico, puesto que los rayos aprovechan su buena conducción. Desprenderse de cualquier objeto metálico que se lleve encima.
  • Alejarse de objetos metálicos como vallas, alambradas, tuberías, instalaciones eléctricas, maquinaria, raíles de ferrocarril, etc.
  • Apagar los teléfonos y otros dispositivos móviles para evitar que sus radiaciones electromagnéticas atraigan los rayos.
  • No refugiarse bajo elementos prominentes solitarios.
  • Nunca se debe correr, especialmente con la ropa mojada, puesto que la turbulencia creada en el aire puede atraer el rayo.
  • Alejarse de terrenos abiertos y despejados, así como de ríos, lagos, charcos y otras masas de agua.
  • No refugiarse en pequeños edificios aislados, chozas o cobertizos. Tampoco en la boca de una cueva o bajo un saliente rocoso.
  • Colocarse de cuclillas, lo más agachado posible, con las manos en las rodillas, tocando el suelo solo con el calzado.
  • Un buen lugar para refugiarse a la intemperie es un vehículo cerrado, con el motor apagado con las ventanillas y las entradas de aire cerradas.

USO denuncia falta de controles específicos de metales pesados a los trabajadores de Riotinto

La Federación de Industria de USO-Andalucía ha denunciado que Atalaya Mining, la empresa que gestiona Riotinto, no realiza controles específicos de metales pesados entre sus trabajadores, uno de los riesgos a los que se expone el personal de empresas del sector minero en Huelva.

La ley es muy clara al respecto advirtiendo que de ningún modo se puede permitir que ningún trabajador sufra daños ejerciendo su función. Hace unos meses ya se alertó de que en la empresa Matsa, en Aguas Teñidas, las analíticas efectuadas determinaron la presencia de metales pesados en sus trabajadores, de igual modo que el Consejo de Seguridad Nuclear advertía a esta empresa por incumplir las medidas y protocolos de seguridad en sus instalaciones radioactivas.

El comité de empresa de Atalaya Mining, apoyado por Izquierda Unida, ha alertado de que en la actividad minera que se desarrolla en los yacimientos de Riotinto no se controlan los aspectos sanitarios a su personal para saber si han podido contaminarse. “A ninguno de nosotros, ni a los trabajadores de las subcontratas, nos han hecho nunca una prueba ni analítica de metales pesados en sangre y pedimos que la realicen ya que estamos expuestos todos los días a estas condiciones”, manifiesta Marco Antonio Sierra, presidente del comité y delegado de USO.

La situación de seguridad laboral en las instalaciones de Riotinto es tercermundista, y un ejemplo de ello es que mientras en otras empresas la ropa de los trabajadores se lava en las propias instalaciones, en Riotinto los propios trabajadores se la llevan a casa a sus lavadoras particulares.

La reivindicación de nuestro sindicato ha venido respaldada por Izquierda Unida que ha exigido a todas las administraciones competentes que intervengan para que las empresas del sector minero onubense garanticen que ponen en práctica todas las medidas de seguridad necesarias para evitar la exposición de su personal a sustancias tóxicas, e incluso, radiactivas. Desde USO, exigimos el cumplimiento de las medidas de protección y seguridad que recoge el Real Decreto 665 para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos.

¿Es obligatorio ir a trabajar con peligro de riadas?

Las lluvias torrenciales que han asolado el sureste peninsular tienen como impacto más grave la muerte de seis personas en diferentes provincias ocasionadas por los efectos devastadores de la dana, la peor «gota fría» que se recuerda en décadas y que, además, ha obligado a evacuar a centenares de familias en distintos puntos y días. Desde USO, y especialmente en solidaridad con nuestras Uniones Territoriales más afectadas, como han sido la de Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Castilla-La Mancha y Andalucía, queremos enviar nuestras condolencias y un mensaje de ánimo a quienes están pasando por tan duros momentos.

Además, estas horas catastróficas han dejado en el aire una duda meramente laboral: ¿debo ir a trabajar en una situación así? Cuando la nieve cierra puertos y aísla pueblos, la imposibilidad parece más clara y demostrable; sin embargo, es igual de razonable y amparado por la ley el no poner en riesgo la vida para acudir al trabajo en situación de alto riesgo de lluvias torrenciales.

«Dado que hay una recomendación pública de todas las autoridades y un aviso rojo meteorológico, con cientos de carreteras cortadas o inundadas, está plenamente justificado el no aventurarse y poner en riesgo la vida por desplazarse a su puesto de trabajo. Además, existe jurisprudencia al respecto, en una sentencia ya de 2009, donde el Supremo corroboró que la ausencia de una profesora a su trabajo estaba justificada por una fuerte nevada que había dejado la carretera en muy mal estado», explica Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

En el caso de que las lluvias torrenciales u otros fenómenos extremos sorprendan al trabajador en su puesto de trabajo, «la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es explícita, al señalar que los empleados, incluso aunque la empresa no lo decretase así, deben cesar en sus tareas cuando estas pongan en riesgo su salud y su vida. Eso, obviamente, no tiene por qué significar volver a sus casas, ya que puede darse el caso contrario al anterior, y es que sea más seguro permanecer en un edificio de oficinas que coger el coche para regresar al domicilio. Pero pensemos, por ejemplo, en un restaurante a nivel de calle: preservar la seguridad podría significar cerrar las persianas si son absolutamente aislantes y quedarse dentro, a pesar de haber cesado la actividad. En estos casos, lo mejor es utilizar la lógica y la prudencia, no sentirse coaccionados a trabajar en situaciones extremas. Bastantes muertes tenemos que lamentar en el trabajo como para arriesgar más vidas durante estos episodios excepcionales», continúa García.

Episodios excepcionales, lamentamos desde USO, que son cada vez más frecuentes debido al daño que le estamos ocasionando al medio ambiente y que se materializará cada vez con mayor virulencia.

¿Qué son los riesgos ergonómicos y cómo evitarlos en nuestro trabajo?

Los riesgos ergonómicos son aquellos que pueden dan lugar a trastornos musculoesquéleticos (TME) en el trabajador o trabajadora y se derivan de posturas forzadas, aplicación continua de fuerzas, movimientos repetitivos y manipulación manual de cargas en el puesto de trabajo. Pueden estar presentes, por ejemplo, en empresas de paquetería y reparto, empresas de mudanzas, servicios de limpieza en oficinas u operaciones de estiba en puertos marítimos comerciales.

Por otro lado, los trastornos musculoesqueléticos (TME) son alteraciones que sufren estructuras corporales como músculos, tendones, articulaciones, huesos, nervios y el sistema circulatorio, debido al trabajo o al entorno en que este se desarrolla.

¿Cuándo es necesario realizar una Evaluación de Riesgos Ergonómicos?
Deberá realizarse una correcta evaluación de riesgos ergonómicos cuando se presenten estas situaciones:

  • Posturas de trabajo forzadas, como en el caso de posturas estáticas, mantenidas durante más de 4 segundos, del tronco o extremidades superiores o inferiores del trabajador.
  • Movimientos repetitivos por manipulación de cargas de distintos pesos.
  • Manejo de herramientas en los que la aplicación de fuerzas sea constante, tales como destornilladores manuales, martillos.
  • Puestos de trabajo con iluminación insuficiente.
  • Lugares de trabajo con dimensiones muy reducidas donde el trabajador apenas tenga espacio para el desarrollo de sus tareas.
  • Puestos donde el trabajador esté sometido a ruido, que puede provocar enfermedades profesionales como la hipoacusia o sordera profesional.
  • Puestos donde el trabajador o trabajadora pueda estar sometido a vibraciones, que pueden ser “Mano-Brazo” (VMB) o de “Cuerpo Completo” (VCC) y derivar en enfermedades profesionales osteoarticulares o angioneuróticas provocadas, por ejemplo, por trabajos con remachadoras y pistolas de sellado.
  • Lugares donde el trabajador o trabajadora pueda estar sometido a temperaturas extremas que puedan derivar en estrés térmico por calor o frío. En este caso, se debe tener en cuenta que el trabajador o trabajadora no debe estar expuesto a corrientes de aire molestas, cambios bruscos de temperatura u olores desagradables.

¿A qué partes del cuerpo afectan principalmente?
Afectan sobre todo a la espalda (lumbalgias), cuello (tortícolis), hombros (tendinitis del manguito de los rotadores) y extremidades superiores (epicondilitis en codos, tendinitis en manos y muñecas), aunque también pueden surgir trastornos en los miembros inferiores (bursitis prepatelar).

¿Están regulados estos riegos? ¿Cómo se plantea la necesidad de la evaluación de riesgos ergonómica?
Los riesgos están regulados en la normativa de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a través de tres normas legislativas:
– Real Decreto 487/1997, que abarca los trabajos que implican manipulación manual de cargas. Indica los cinco factores de riesgo a tener en cuenta a la hora de manipular una carga: características de la carga, esfuerzo físico necesario, características del medio de trabajo, exigencias de la actividad y factores individuales de riesgo.
– Real Decreto 488/1997 relativo a los riesgos en los trabajos con pantallas de visualización. Se incluyen preceptos para el diseño de los puestos de trabajo y disposiciones sobre cómo deben ser la mesa, silla o pantalla.
– Real Decreto 486/1997 de lugares de trabajo, donde se indican las condiciones ambientales, dimensiones e iluminación adecuada, que deben tener los puestos de trabajo para un desarrollo en condiciones ergonómicas de la actividad laboral, en sus Anexos I, III y IV.

¿Cómo se clasifica la evaluación de riesgos ergonómica?
Los riesgos ergonómicos se incluyen en la evaluación general de riesgos del centro de trabajo. Dentro de los ergonómicos, se pueden realizar, mediciones en el lugar de trabajo, como en el caso de las distancias y alturas, o bien, determinar la superficie libre por trabajador en su puesto de trabajo (2 m2 según la ley). En el caso de la iluminación debe medirse en valor de lux necesarios en función del uso del local y del puesto de trabajo.

En cuanto a las posturas forzadas y manipulación manual de cargas, se han desarrollado métodos para determinar si el trabajador está expuesto a condiciones no tolerables de trabajo como el REBA (método de evaluación de posturas de cuerpo entero) o el método del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), este último tiene en cuenta desplazamientos de la carga, agarres de la carga, frecuencia de manipulación durante la jornada laboral, etc.

¿Cuál es el papel de los Delegados y Delegadas de Prevención y Comité de Seguridad y Salud en la evaluación de riesgos?
El Delegado o Delegada de Prevención debe solicitar la evaluación de riesgos, en caso de que no haya sido realizada por la empresa, ya que, es obligatoria su realización para cada puesto de trabajo según la Ley de Prevención. En caso de que la empresa se niegue a realizarla, puede acudir a Inspección de Trabajo para que desde este organismo requieran a la empresa a que la lleve a cabo.

Cuando se procede a la realización de la evaluación, el Delegado o Delegada de Prevención, puede acompañar a los Técnicos de Prevención que vayan a realizar mediciones de ruido, contaminantes químicos en el ambiente de trabajo, vibraciones, dimensiones de los puestos de trabajo, o si el técnico evaluador realiza observaciones sobre cómo se trabaja en un puesto determinado para evaluar los trastornos musculoesqueléticos (TME).

En todo caso, el Delegado o Delegada de Prevención siempre debe tener información sobre el resultado de la evaluación y las medidas que la empresa debe implantar, para eliminar o reducir los riesgos al mínimo posible y debe ser consultado, sobre la implantación de nuevas tecnologías (por ejemplo, aplicaciones informáticas), o compra de equipos de trabajo (por ejemplo, máquinas nuevas), que puedan dar lugar a nuevos riesgos.

El Delegado o Delegada de Prevención debe tener acceso al informe derivado del proceso de evaluación en todos los puestos de trabajo dentro de la empresa. En cuanto al Comité de Seguridad y Salud, es el órgano de participación en la empresa, debate sobre la implantación de nuevas tecnologías y debe conocer todos los documentos relacionados con las condiciones de trabajo, entre ellos la evaluación de riesgos.

¿Por qué es importante evaluar estos riesgos?
Es de vital importancia el análisis de estos riesgos, debido a que, según el sistema CEPROSS de comunicación de partes de enfermedades profesionales a la Seguridad Social, en el año 2018, el 82,3% de las enfermedades profesionales comunicadas se deben a las provocadas por agentes físicos (Grupo 2), entre las que se encuentran las producidas por el ruido, vibraciones o derivadas de posturas forzadas que dan lugar a trastornos musculoesqueléticos (TME).

FEP-USO denuncia falta de calefacción en varias dependencias del Ayuntamiento de Córdoba

USO-Andalucía ha denunciado la falta de calefacción que sufren los trabajadores en varias de las dependencias del Ayuntamiento de Córdoba, que incluso los ha obligado a llevarse calefactores de sus casas al centro de trabajo, mientras el Consistorio soluciona esta carencia.

La última denuncia se ha centrado en el frío que tienen que soportar los funcionarios municipales del Área de Seguridad. En este caso, no cuentan con calefacción por no haber renovado el contrato de suministro.

USO acusa al Ayuntamiento de Córdoba de mala gestión y falta de inversión para renovar los equipos y recuerda que, con este tipo de actuaciones, se está yendo en contra de la normativa de prevención de riesgos laborales en cuanto a lo contemplado en materia de la temperatura a la que deben estar las oficinas para poder desarrollar en ellas sus trabajos.