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Precauciones en PRL para trabajar en ambientes con temperaturas bajas

Con la llegada de los primeros frentes fríos del otoño, comienza la época en la que hay que tomar precauciones contra el frío cuando se trabaja en el exterior. En el interior de España, por su clima continental, se padecen temperaturas extremas tanto en invierno como en verano, aunque las olas de frío siberiano sacuden toda la Península, también los climas costeros, más suaves.

Desde el Gabinete de Salud Laboral de USO, os explicamos los efectos que el frío tiene sobre el cuerpo humano y os damos algunas indicaciones sobre las medidas preventivas que pueden evitar los efectos del frío en el ámbito laboral.

El estrés por frío se define como la carga térmica negativa, pérdida de calor excesiva, a la que están expuestos los trabajadores y que resulta del efecto combinado de factores físicos y climáticos que afectan al intercambio de calor, como las condiciones ambientales, la actividad física y la ropa de trabajo. Se puede clasificar de la siguiente forma:

  • Por enfriamiento general, se determina mediante el análisis de las condiciones de equilibrio de calor general del cuerpo.
  • Por enfriamiento local:
    – Enfriamiento de las extremidades. Su temperatura depende del equilibrio entre la pérdida de calor local y la entrada de calor a través de la sangre caliente.
    – Enfriamiento por convección del viento, acción directa sobre la piel sin protección.
    – Enfriamiento por conducción en superficies metálicas.
    – Enfriamiento del tracto respiratorio. La inhalación de aire frío y seco provoca un importante enfriamiento local de la mucosa nasal y del tracto respiratorio superior, y puede provocar inflamaciones epiteliales.

La exposición profesional al frío, natural o artificial, se puede encontrar en diversas actividades profesionales. Los principales efectos sobre la salud de una exposición directa al frío son la hipotermia y la congelación, además de riesgo de padecer trastornos musculo-esqueléticos (TME). A continuación, se indican situaciones y puestos de trabajo que pueden presentar riesgo de exposición al frío:

  • Trabajos dentro de un local: personal de la industria agroalimentaria, empleados de mantenimiento de sistemas de frío, trabajos en casetas fijas sin calefacción, trabajos de preparación de alimentos en hostelería y hospitales.
  • Trabajos en el exterior: industria del transporte, agricultores, trabajadores de autopistas y mantenimiento de carreteras, mantenimiento de líneas eléctricas o equipos industriales, personal del ejército, personal de seguridad y vigilancia, personal de pistas de aeropuertos.
  • Trabajos en altitud: personal de explotación y mantenimiento de remontes mecánicos, personal de estaciones de esquí, guías de alta montaña, trabajadores de la construcción, personal de aduanas, equipos de rescate, trabajadores de estaciones meteorológicas.
  • Trabajos en agua fría o en contacto con agua fría: buzos profesionales, técnicos que diagnostican los cimientos de edificios submarinos, equipos de rescate, militares, pescadores, trabajos en plataformas petrolíferas.

Las reacciones al frío son diversas en función de cada persona y, según sus características, pueden agravarse las consecuencias de la exposición al frío. Así, el empresario tendrá que tener en cuenta los contrastes personales respecto de la edad; género; morfología; presencia de problemas circulatorios; fatiga y cansancio; insuficiencia en la ingesta de alimentos y líquidos; consumo de bebidas alcohólicas y tabaco; uso de ciertos medicamentos; falta de aclimatación, y la ropa inadecuada para poder prevenir los efectos del frío en su personal. En el siguiente gráfico se pueden observar los efectos que puede producir el frío.

Desde USO requerimos a las personas trabajadoras que, además de pedir una nueva evaluación de los riesgos para que el empresario cumpla con su deber de protección, presten atención a las siguientes medidas preventivas:

  • Reducción en la pérdida de calor: abarca el uso de ropa de protección, protección de lugar de trabajo, aislamiento de las superficies en contacto con partes del cuerpo humano y control del tiempo de exposición. Las características más importantes de la ropa de protección frente al frío son el aislamiento térmico, protección frente a la humedad y permeabilidad al aire o al vapor de agua. La ropa de protección contra el frío, ya sea un mono, guantes, calzado 0 gorros, también debe cumplir con los requisitos ergonómicos de trabajo, y también deben cambiarse cuando se encuentre húmeda debido a que se disminuye su capacidad aislante.
  • Incremento de la producción interna de calor debido al trabajo muscular: es una medida complementaria y que debe ajustarse a los requerimientos del trabajo y a la capacidad individual.
  • Suministro de calor externo: un requerimiento imprescindible para los trabajos en situación de frío es el establecimiento de pausas para calentarse en una zona habilitada. También se conocen sistemas de calefacción auxiliar en equipos de protección frente el frío.
  • Mejora de los aspectos ergonómicos de los trabajos en frío, reduciendo o eliminando el efecto molesto del equipo de protección y el esfuerzo asociado.

Medidas de prevención y precauciones para trabajar con lluvia y viento en exteriores

Vuelve el otoño, una vez acabado el veroño, y con él, las lluvias y el viento. Para las personas trabajadoras que desarrollan su actividad laboral a la intemperie puede ser la estación más molesta del año.

En USO sabemos de la importancia de trabajar en condiciones óptimas de temperatura. Así, es necesario evitar los contrastes de temperatura, ya que son origen de catarros y gripes que, si bien se han originado en el puesto de trabajo, son tratados como enfermedad común y dan lugar a numerosas incapacidades temporales, incrementando el nivel de absentismo.

El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales expone la definición de riesgo grave e inminente, los requisitos que ha de cumplir el empresario frente a estos y, conforme al artículo 14.1 de la misma, el derecho a interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo cuando se considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para la vida o la salud.

En el caso de los trabajos a la intemperie, ante condiciones climatológicas adversas, como norma general hay que:

  • Interrumpir los trabajos en caso de lluvia intensa o fuertes vientos cuando se dificulte la visibilidad, la percepción de las señales de los trabajadores y del entorno. Para ello, es necesario la utilización de EPIS de alta visibilidad, que evitan riesgos como atropellos y otros accidentes.
  • Suspender la manipulación de maquinaria, si las condiciones climatológicas limitan sus condiciones de seguridad. La intensa lluvia puede provocar deslizamientos o desprendimientos de terreno, peligrosos no solo para los operarios en sí, sino también para los equipos de trabajo instalados.
  • Evitar los trabajos en altura. Las condiciones climatológicas adversas pueden suponer un serio peligro para los trabajos en andamios, escaleras o cubiertas, por lo que deben evitarse e, incluso, suspenderse. En caso de viento, se aconseja no trabajar sobre cubiertas con velocidades superiores a 50 km/h.
  • Suspender los trabajos cerca de líneas o transformadores eléctricos. El Real Decreto 614/2001 establece que cuando se realizan trabajos al aire libre se deben tener en cuenta las condiciones ambientales desfavorables para proteger al trabajador ya que se puede reducir el aislamiento de los equipos utilizados.

Para evitar daños personales, es necesario que la empresa adopte medidas preventivas, como disponer de:

  • Información sobre la previsión de tormentas en el lugar donde se ubica el trabajo y valorar convenientemente los indicios que advierten la probable llegada de una tormenta eléctrica, como la presencia de nubes densas y plomizas, vientos fuertes, truenos, lloviznas persistentes, etc.
  • Un procedimiento que especifique las normas de actuación en caso de tormenta, determinando las situaciones en las que deben interrumpirse los trabajos, el responsable de tomar la decisión y lo que debe hacer cada uno de los trabajadores en tales circunstancias.
  • Lugares adecuados en los que los trabajadores puedan refugiarse, con la protección necesaria, ante una posible descarga eléctrica. Cualquier instalación cerrada debe ser previamente evaluada para determinar si es posible permanecer en su interior.

Con respecto a las precauciones que debe seguir el personal trabajador a la intemperie, desde USO recomendamos, además de utilizar todos los EPIS contra la lluvia y el viento:

  • Evitar contactar con cualquier material metálico, puesto que los rayos aprovechan su buena conducción. Desprenderse de cualquier objeto metálico que se lleve encima.
  • Alejarse de objetos metálicos como vallas, alambradas, tuberías, instalaciones eléctricas, maquinaria, raíles de ferrocarril, etc.
  • Apagar los teléfonos y otros dispositivos móviles para evitar que sus radiaciones electromagnéticas atraigan los rayos.
  • No refugiarse bajo elementos prominentes solitarios.
  • Nunca se debe correr, especialmente con la ropa mojada, puesto que la turbulencia creada en el aire puede atraer el rayo.
  • Alejarse de terrenos abiertos y despejados, así como de ríos, lagos, charcos y otras masas de agua.
  • No refugiarse en pequeños edificios aislados, chozas o cobertizos. Tampoco en la boca de una cueva o bajo un saliente rocoso.
  • Colocarse de cuclillas, lo más agachado posible, con las manos en las rodillas, tocando el suelo solo con el calzado.
  • Un buen lugar para refugiarse a la intemperie es un vehículo cerrado, con el motor apagado con las ventanillas y las entradas de aire cerradas.